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Sancionan por infracción muy grave a Educación por revelar datos de menores de Cataoria PDF Imprimir E-Mail

La familia presentará ante la consellería una reclamación de responsabilidad patrimonial por los daños y perjuicios causados.

La Agencia de Protección de Datos ha sancionado como "infracción muy grave" a la Delegación en Pontevedra de la Consellería de Educación por revelar datos de salud y un informe de escolarización de una menor minusválida de Catoira en agosto de 2008. Se trata de una resolución administrativa que no conlleva compensación económica.

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La Audiencia Nacional ratifica que no se pueden colgar datos de pacientes en Internet PDF Imprimir E-Mail

La Audiencia Nacional (AN) ha ratificado que no se puede vulnerar el "deber de secreto" colgando datos personales de pacientes en Internet.

Así, la AN desestima un recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Gobierno cántabro contra la resolución de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), en la que se consideraba que el servicio regional de Salud cometía "infracción" al difundir datos personales de los pacientes a través del programa de intercambio de archivos eMule.

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Cuaresma: La protección de los datos de hermanos y proveedores, nuevo reto para las cofradías PDF Imprimir E-Mail
Una hermandad, con independencia de sus fines de culto público y de su estación de penitencia, es al fin y al cabo un grupo, más o menos numeroso, de personas, y sus miembros, como tales, tienen datos que es necesario preservar de forma adecuada.
La gestión de los archivos con la información personal de quienes forman parte de la cofradía o tienen una relación de cualquier forma con ella es uno de los retos a los que se enfrentan las hermandades en los próximos años y son pocas las que, por el momento, lo han resuelto. Los expertos advierten de que hay varios pasos imprescindibles que una entidad que maneja datos de muchos cientos de personas no puede obviar.
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El TS censura que Protección de Datos ampare una denuncia de mala fe PDF Imprimir E-Mail

El Tribunal Supremo ha enmendado la plana a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) y a la Audiencia Nacional por permitir que un denunciante actúe de mala fe. Lo ha hecho en una sentencia, fechada el pasado 26 de enero, en la que se trata el caso de un estudiante que exige a su universidad, la Uned, el acceso a sus datos personales, pudiendo verlos en todo momento mediante la herramienta electrónica que el centro de estudios tiene puesta a disposición de todos los alumnos.

El estudiante presentó un escrito ante la universidad en el que formulaba reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración por los daños derivados de la comunicación no consentida de datos personales a terceros que, según decía, había llevado a cabo la Uned.

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Protección de Datos arremete contra el sistema de cobro de morosos de Sogecable PDF Imprimir E-Mail

Cedió 138.351 expedientes de deuda a Fénix Cartera sin garantías para los afectados

La Agencia Española de Protección de Datos recibió, entre junio de 2008 y febrero de 2009, ocho denuncias de personas abonadas a la televisión de pago controlada por el Grupo Prisa sobre terceras entidades que les reclamaban el pago de deudas contraídas con Sogecable, y posteriormente cedidas a Fénix Cartera. Los denunciantes "no reconocen la existencia de aquellas supuestas deudas" y manifiestan que "no han tenido relación alguna" con las entidades encargadas de la gestión de éstas: Collecta Servicios de Gestión de Cobro, Corporación Legal 2001 y Konecta.

Estas terceras entidades "se han encargado de la remisión de las cartas de reclamación de deuda a los domicilios de los titulares de los datos cedidos a Fénix Cartera", señala la investigación de Protección de Datos.

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