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AEPD e INTECO advierten sobre el impacto para la privacidad en el uso de etiquetas "RFID"
  • Alertan sobre la posibilidad de rastrear a un individuo o incluso del uso indebido de datos personales para analizar su comportamiento, si éstas no son desactivadas correctamente o se producen fallos de seguridad.
  • Se trata de dispositivos o etiquetas que, mediante una onda que transmite datos por radiofrecuencia, permiten vincular objetos, localizarlos e identificarlos de manera unívoca.
  • En la actualidad es frecuente el uso de etiquetas RFID en prendas de ropa; calzado; o pasaportes, y ámbitos tan cotidianos como el transporte; grandes superficies; bibliotecas; o el comercio, para prevenir hurtos y controlar stock, como sistema de identificación y pago, o control de acceso.
  • En España, la implantación de la tecnología RFID suele darse en mayor medida en las grandes empresas, pero las aplicaciones actuales, y las previsiones apuntan a un crecimiento exponencial en los próximos años.
  • Advierten además de los riesgos de su utilización en ámbitos sensibles, como el sanitario, para el seguimiento de pacientes o el control de muestras.
  • La guía incluye recomendaciones dirigidas a usuarios y empresas para prevenir riegos y fomentar una correcta utilización de estas tecnologías.
  • El Parlamento Europeo ha aprobado recientemente un informe defendiendo la necesidad de garantizar la privacidad de los usuarios en el empleo de esta tecnología.

(Martes, 27 de julio de 2010). La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), y el Instituto Nacional de Tecnologías de la Comunicación (INTECO), han elaborado una Guía sobre “seguridad y privacidad de la tecnología RFID”, ante la proliferación de estos sistemas en elementos de la vida cotidiana de los ciudadanos.

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El Supremo revoluciona el marco de Protección de Datos en España

El Tribunal Supremo pedirá al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas que se pronuncie sobre la legalidad de una parte de la normativa española de protección de datos, que restringe el desarrollo de ficheros de morosos que incluyan datos sin el consentimiento de los afectados.

En un auto conocido hoy, la Sala de lo Contencioso-Administrativo acepta así una de las peticiones planteadas por la Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito (ASNEF), que en colaboración con Equifax, una agencia estadounidense de control de crédito, gestiona el mayor fichero de morosos de España.

Los magistrados del Supremo entienden que el reglamento de 2007 que desarrolla la Ley de Protección de Datos sólo permite que los ficheros de morosos traten y comuniquen datos que sean públicos, si no tienen el consentimiento de los afectados.

"A juicio de esta Sala, esa restricción erige un obstáculo a la libre circulación de los datos de carácter personal no querido, en principio, por la norma comunitaria", señala el auto, que añade que el único obstáculo europeo es "el interés de los derechos y las libertades fundamentales del titular de los datos".

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La Agencia de Protección de Datos insta al Provincial a que mejore su seguridad

La Agencia Española de Protección de Datos ha instado al Servicio Aragonés de Salud y al Hospital Provincial a que "implante todas las medidas de seguridad que se requieren legalmente", a raíz del robo de un lápiz de memoria en el que aparecían datos personales y nóminas de algunos de los empleados.

La agencia recibió un escrito de una particular, que se dirigió a este organismo después de que HERALDO publicara el robo, que se produjo el 22 de marzo de 2009 y que fue denunciado dos días después. Entonces, según el informe publicado el pasado 2 de julio, la Agencia inició una serie de actuaciones previas.

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